martes 23 de abril de 2024

LOCALES | 23 may 2018

DERECHO DEL CONSUMIDOR

Condoricosas: cine y pochoclos

Un cartel en el cine de Junín prohíbe el ingreso a la sala con comida y bebida que no haya sido adquirida en el establecimiento: la práctica es ilegal y en esta nota te explicamos cómo defenderte.


Por: Semanario

Como si fuera un territorio ajeno a las leyes que rigen con la mirada puesta en la Constitución Nacional, ‘Tu Cine’ tiene sus propias reglas, tal vez amparadas por las autoridades.

Los espectadores que concurren a ver una película tienen la obligación de comprar ahí mismo pochoclos, bebidas o cualquier alimento que vaya a ingerirse en el interior de la sala. Y hasta son sometidos a ‘secuestros’ en caso de desprevenidos que concurren con su propia provisión de caramelos, turrones o gaseosas. Hasta incluye ‘cacheos’ y revisión de bolsos, en muchas ocasiones.

Situaciones de este tipo ocurren casi a diario, desafiando a los derechos adquiridos de los ciudadanos que asisten al cine y pagan para ver una película. Y siguen pasando porque nadie, desde la órbita municipal, toma la decisión política de hacer lo que corresponde. Los motivos pueden ser varios: desde una mera ineficiencia en el cumplimiento de la función pública hasta entreveros y favores adeudados con el propietario de la sala.

Se trata de una práctica abusiva que restringe el derecho de los consumidores: nada avala la decisión arbitraria e ilegal de los dueños de un cine para prohibirle a alguien que ingrese con un alfajor y una gaseosa adquiridos en comercios de la zona, a un precio infinitamente inferior.

Y lo peor en Junín es que esos productos no son restituidos a sus dueños a la finalización de la película, como correspondería en el peor de los casos.

LOS DERECHOS

Los especialistas en Derecho del Consumidor coinciden en que esta prohibición atenta contra leyes fundamentales. En primer lugar, la Constitución Nacional en su artículo 42 establece que los consumidores tienen derecho "a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno".

También vulnera el nuevo Código Civil –vigente desde agosto de 2015– que aclara, en el artículo 1.099, que "están prohibidas las prácticas que limitan la libertad de contratar del consumidor, en especial, las que subordinan la provisión de productos o servicios a la adquisición simultánea de otros, y otras similares que persigan el mismo objetivo".

Específicamente, incumple con la ley de Defensa del Consumidor (24.240) porque dice que son abusivas las cláusulas que "importen renuncia o restricción de los derechos del consumidor o amplíen los derechos de la otra parte". Y al mismo tiempo, contradice la ley de Defensa de Competencia (25.156), cuyo artículo 2 prohíbe "subordinar la venta de un bien a la adquisición de otro o a la utilización de un servicio".

OJOS QUE NO VEN

A pesar de esta frondosa normativa vigente y de las quejas realizadas por vecinos, ni la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) ni la Defensoría del Pueblo han tomado, hasta el momento, cartas en el asunto. Ojos que no ven, corazón que no siente. Y optaron por el camino más fácil: ignorar la situación, a pesar que vulnera derechos de cientos de vecinos en forma diaria.

Nunca hubo tampoco ninguna infracción labrada por Inspección General, ni siquiera una visita de control o advertencia. Por ahí ahora que cambió el nombre y la cabeza de la dependencia municipal, “Control Ciudadano” de Mario Olmedo atine a hacerse cargo.

PUEDE CONSUMIRSE

El cine juninense no prohíbe la consumición dentro de la sala de proyección. De hecho hay mandaderos internos que alcanzan hasta pizzas o hamburguesas para disfrutar durante la película. Así que no puede esgrimirse como excusa para evitar el ingreso de espectadores con alimentos adquiridos en otros negocios, explicando por ejemplo que se evitan de ese modo ruidos molestos o la generación de residuos.

El espectador que tiene la necesidad de comer o beber mientras mira una película queda cautivo y solo tiene la opción de comprar en el ‘candy bar’ del complejo ubicado en calle Jorge Newbery 263,    donde los pochoclos, snacks, golosinas y gaseosas cuestan hasta 3 y 4 veces más que en otros negocios de afuera y, además, no ofrece opciones para personas celíacas, con diabetes o que no pueden consumir sal.

EXPLICACIONES

Los directivos de los complejos sostienen que los cines "son lugares privados" y que la actividad es "un combo de servicios" que incluye "la venta de productos, espacios publicitarios y exhibición de películas". En ese sentido, argumentan que "aproximadamente el 40% de las ganancias de los cines proviene de las ventas de los candy bar" y que "sin eso no sería un negocio viable".

Los especialistas en Derecho del Consumidor aseguran que lo que sucede en parques de diversiones, estadios y restaurantes no son casos análogos. "Son situaciones distintas que no pueden justificar lo que hace el cine. Intervienen temas de seguridad, como en canchas y recitales, y cuestiones relacionadas con el tipo de habilitación del lugar", resumió Pablo Chamatrópulos, presidente del Centro de Orientación, Defensa y Educación al Consumidor (CODEC).

PASOS PARA RECLAMAR

Los expertos sostienen que, si los consumidores formalizan los reclamos, pueden contribuir a visibilizar socialmente esta práctica ilegal para que las autoridades tomen medidas y se avance hacia una ley específica.

Algunas recomendaciones a seguir:

-Plantear el problema sin discutir. Frente al empleado del complejo –también se puede pedir hablar con el encargado o el gerente– lo importante es que la situación no se convierta en una disputa con un sinfín de argumentos.

-Mencionar las leyes que amparan al consumidor. Siempre con calma, es importante que el consumidor indique brevemente qué normas afecta la actitud restrictiva del cine.

-Pedir el libro de quejas. Ante la negativa de ingresar con la compra realizada fuera del complejo, se debe pedir el libro de quejas, que es obligatorio que lo posean. Si responden que se puede hacer a través del sitio de Internet del cine, hay que insistir con el libro físico.

-Redactar lo sucedido. En el libro de quejas hay que describir brevemente los hechos, indicar la norma vulnerada y asentar datos personales del denunciante. Si no entregan copia, conviene tomar una foto de la página con el celular. Luego, si el consumidor decide ingresar al cine, debe entregar los alimentos y retirarlos a la salida, o bien pedir la devolución del dinero de la entrada.

EL TEXTO ORIGINAL FUE PUBLICADO EL SÁBADO 19 DE MAYO 2018 EN NUESTRA EDICIÓN IMPRESA

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