martes 23 de abril de 2024

LOCALES | 17 jul 2018

PONIENDO ESTABA

El intendente Petrecca deberá pagar de su bolsillo una multa de 750.000 pesos

Es por un fallo del Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, aplicada el intendente tras la contratación indebida de una consultora externa para realizar una auditoría a poco de asumir el gobierno comunal.


El intendente Pablo Petrecca, deberá abonar una cuantiosa multa –de su bolsillo- por contratar en forma indebida una auditoría contable en marzo del 2016, según una resolución del Tribunal de Cuentas bonaerense, organismo que está a cargo de revisar las cuentas de todos los municpios de la provincia.

La información, fue dada a conocer por “Real Politik” y fue confirmada a Semanrario por fuentes municipales.

El portal bonaerense señala en su artículo que “Indudablemente la gestión de Pablo Petrecca al frente del municipio de Junín comenzó con el pie izquierdo. Mal asesorado por su cuerpo legal, y la secretaria de Gobierno, Agustina De Miguel, se apresuró a firmar el 1 de marzo de 2016 un convenio con la facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires, por los servicios de asistencia técnica y auditoría en la comuna, sin saber que para estas tareas existen organismos públicos, por lo que luego de dos años y medio el Tribunal de Cuentas lo intimó a responder con su patrimonio por ese gasto innecesario que supuso una suma de 620.225 pesos (más 114.000 de intereses).

En el fallo, el Tribunal constató que una serie de sumas exorbitantes fueron derivadas a cubrir el gasto de dos “Programas de Asistencia Técnica”: uno destinado al recuento de bienes y revisión de diversos informes correspondientes a la gestión saliente; y otro de asesoría profesional vinculada a la historia contable de la comuna, por los montos de 297 mil pesos y 330 mil pesos respectivamente.

El convenio fue declarado de interés municipal por decreto Nº 519/2016, y convalidado por la ordenanza Nº 7093/17, a través de la cual se autorizó además “la cobertura de gastos de hospedaje, comida y todo otro que pudiera surgir como consecuencia de la actividad llevada a cabo”.

No obstante, el fallo es claro al remarcar que en este proceso el ejecutivo “se constituye en responsable por la contratación efectuada, ya que de tener la necesidad de reforzar las áreas que dependen de su departamento, debió afrontar los gastos con fondos propios y no públicos, considerándose que posee personal al cual se abonan salarios para desarrollar las mismas tareas, y que por lo tanto se abona dos veces por el mismo servicio”.

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