martes 16 de abril de 2024

LOCALES | 4 feb 2019

Ojos que ven

Motocicletas y operativos de tránsito en Junín: ¿pedir papeles o pedir disculpas?

Realizar la transferencia de una moto cuesta unos 2000 pesos promedio, lo cual representa muchas veces el 50% del valor del rodado, sin embargo desde las oficinas de inspección de tránsito cada día numerosos funcionarios “salen a la pesca” de usuarios que deben padecer del arbitrio oficial.


Por: Semanario

Los CEO’s a cargo de la administración comunal de Junín no se han dado cuenta que el pueblo, la gente, el ciudadano, el vecino debe ser prodigado con un estado de bienestar. Es decir, tratando de facilitarle las cosas y no en contrario.

Cuesta pensar que alguno de nuestros “benefactores” del Ejecutivo municipal se levante cada mañana pensando de qué manera le intentará joder la vida al prójimo. Pareciera un sinsentido pero muchas veces ocurre así.

Uno de esos sinsabores inexplicables lo padecen quienes circulan en moto por Junín.

La moto es, en un pueblo extendido como este, el único elemento de transporte válido para un sector olvidado en cuanto a servicios públicos como a necesidades económicas.

La irresponsabilidad de muchos que circulan con estos rodados con niños, sin casco, con más de dos y hasta cinco personas, tiene que ver en muchos casos con la necesidad, más que con la ignorancia.

Es obvio que se debe poner coto al robo de estos vehículos pero no será así como se eviten, sino poniendo en marcha un proyecto serio y profesional contra la inseguridad y no emparchando sobre los parches.

DE LAS CEBRAS A LA NADA

Aún hoy, el que hacía campañas a favor del tránsito mostrándose como especialista en la materia mientras se disfrazaba de cebra, no pudo hacer nada respecto a la mejora más que, como decíamos, tratar de eliminar el mal.

La premisa de estas acciones ineptas parecen estar enfocadas a: “Si algo no lo puedo controlar, trataré de eliminarlo”. De este modo, cada día, policías y empleados municipales montan sobre un camión motos decomisadas por “falta de papeles”.

Pero, eliminar las motos, no eliminará el problema, aunque esta situación sea cada vez más rigurosa a condición de que la gente se vea “obligada” a usar los colectivos urbanos, que hasta ahora resultan más un capricho incumplido que un proyecto de desarrollo.

COMPLICÁMELA

Esta gestión de gobierno, que en tres años nos ha sumado puntos de pobreza a nuestro ya humilde vivir, nos pide tener papeles en regla en medio de un caos de tránsito que no admite ninguna otra cosa más que el castigo de multas con fines recaudatorios como lo es el mayor de ellos: el estacionamiento medido.

Entonces, los ejecutivos municipales que usan automóviles con gasto municipal que también les pagan los que andan en motos, no se preocupan en entender que “los papeles” que piden son imposibles de acceder para quien sólo quiere tener un vehículo que lo traslade de un lado a otro de la ciudad y de mínimo costo y consumo de combustible.

Asimismo, quien no tiene papeles para hacer la transferencia respectiva, puede acceder a una “cédula provisoria” (ver recuadro), lo cual sin embargo no es bien informado a través de los registros del automotor, con empleados por lo general apurados para recaudar pero no para brindar servicio. 

Pero en síntesis, quien compra hoy una moto de unos 6000 pesos, tendrá que pagar entre 1500 y 2500 para poder tener los papeles a su nombre porque ese es el costo de una transferencia.

Eso si la hace personalmente o vía digital (tiene 40% de descuento), evitando a los gestores que, por alguna razón, casi siempre son atendidos antes que uno en la cola de los registros.

¿Cómo es posible que una moto deba pagar para ser transferida entre el 30 y 50 por ciento de su valor?

¿Acaso los iluminados que mandan a los empleados al “control vehicular” no saben que seguramente ese que transita, tal vez con un boleto de compraventa, viene pagando 300 o 500 pesos por mes al vendedor y no se le pasa por la cabeza que tenga que gastar 2000 para transferirla?

Es menester terminar con este hato de burócratas que no hacen más que sacarse la pelusa del ombligo, mientras miran por internet si ya le depositamos el sueldo.

Creer que el control permitirá terminar con los robos de motos y rescatar las sustraídas es simplemente una burda excusa, más aún cuando rodados que habían sido secuestrados terminan “desapareciendo” del depósito municipal. Algo vergonzoso e inaceptable.

Lo cierto es que el propio Estado juega en contra del vecino que, desbordado de problemas para conservar su trabajo, pagar las cuentas, desactivar discusiones familiares y trasladarse a distintos puntos de un Junín cada vez “más largo”, debe estar haciéndose cruces para que no lo “dejen a pata” porque apenas le alcanzó para comprarse una moto sin saber que tenía que juntar otro tanto para “los papeles”, esos que los gobiernos complican para poder seguir gastando en cosas que a nosotros no nos servirán.

Cédula de poseedor: una posibilidad pero no una solución

La Dirección Nacional del Registro de la Propiedad del Automotor dispuso una serie de trámites -que entraron en vigencia el 8 de octubre de 2018- para que los adquirentes de autos y motos que tengan en su poder el vehículo, pero no cuenten con un formulario 08 firmado para inscribir la transferencia a su nombre, y puedan regularizar su situación y circular en la vía pública mientras dure ese proceso.

En caso de que anteriormente el vehículo tuviera una Denuncia de Venta, se procede a transferir el vehículo. Si no hubiere Denuncia de Venta previa, se hace pública la posesión, se otorga Cédula para circular y se emite una certificación para poder regularizar la situación judicialmente.

Si bien no se trata de una solución debido a la falta de información a través de los canales respectivos y la desatención que ocurre en muchos registros, se trata de la posibilidad de llevar adelante un “blanqueo” y poder circular sin problemas, aunque habrá que hacer (y pagar) todos los años el mismo trámite.

Cómo hacerlo:

- El trámite debe iniciarse digitalmente en el portal web de la DNRPA y deberá solicitarse un turno para concurrir luego al Registro de radicación.

- Los usuarios que tengan firma digital podrán hacer el trámite sin concurrir al Registro correspondiente.

- También puede ser realizado a través de un mandatario matriculado (gestor).

Requisitos:

a) Título y Cédula, o denuncia de su extravío.

b) Constancia de no registrar deudas del impuesto a la radicación de los automotores (patentes).

c) Verificación policial.

d) Declaración jurada donde se detallen las circunstancias en que adquirió el automotor, consignando nombre y demás datos que tuviere de quien le otorgó la posesión y fecha de tradición. Además debe hacerse  una manifestación de que se asume las responsabilidades inherentes al dueño del automotor, por los daños y gastos que se pudieren haber causado con aquél desde la fecha de la tradición o que se causaren en el futuro, mientras continúe su posesión.

e) Todo otro elemento que acredite la adquisición, si lo tuviere (por ejemplo contrato de compraventa).

f)  Un formulario 08 digital, donde firmará la parte compradora.

 -Concluido el trámite, el Registro entregará una “Cédula de poseedor”, con vigencia de un año, la que sólo podrá ser utilizada por esa persona. También se enviará por correo electrónico una Constancia Electrónica de Posesión (CEP). La misma es una certificación que da fecha cierta a la posesión y permitirá contar con una prueba central para un posible juicio de usucapión. Finalmente, se enviará una carta documento a fin de notificar al titular registral del trámite inscripto. Por ese medio, lo citará para que firme el formulario 08 o para que se oponga

La Cédula emitida puede ser renovada a solicitud del poseedor, pero debe presentarse en esa instancia una nueva verificación del vehículo.

Si el titular registral hubiese practicado en forma previa una Denuncia de Venta en favor de quien ahora presenta la Denuncia de Compra y Posesión, y no existieren impedimentos, se transfiere el dominio.

Si, por el contrario, el titular registral hubiese practicado en forma previa una Denuncia de Venta pero la persona declarada no fuere quien ahora presenta la Denuncia de Compra y Posesión, la transferencia se inscribirá con carácter condicional, por el plazo de 24 meses. Si el titular registral se opusiese a esa inscripción o un tercero demostrare judicialmente tener un mejor derecho sobre el bien, se dejará sin efecto la inscripción condicional. Vencidos los 24 meses sin oposiciones, la inscripción quedará firme.

 

 

 

 

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