jueves 18 de abril de 2024

NACIONALES | 1 sep 2019

Domingo económico

Control de cambios: limitan compra de dólares y obligan a liquidar divisas

El Gobierno nacional anunció hoy una serie de medidas económicas que incluyen un cepo parcial y la obligación a los exportadores de liquidar sus divisas a la brevedad. Los bancos podrán estar abiertos hasta las 17.


En medio de la preocupante crisis de las últimas semanas y tras la feroz devaluación luego de las elecciones primarias, el gobierno de Mauricio Macri dispuso hoy algunas medidas de control de cambios a través de un decreto de necesidad y urgencia publicado en el Boletín Oficial.

La nueva normativa establece que "hasta el 31 de diciembre de 2019, el contravalor de la exportación de bienes y servicios deberá ingresarse al país en divisas y/o negociarse en el mercado de cambios en las condiciones y plazos que establezca el Banco Central".

En la misma línea, señala que el BCRA "establecerá los supuestos en los que el acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera y metales preciosos amonedados y las transferencias al exterior requerirán autorización previa" distinguiendo la situación "de las personas humanas de la de las personas jurídicas".

Por otro lado, le da la posibilidad a tenedores de títulos de la deuda pública "cuya fecha de vencimiento original se encuentre vencida" de usarlos "para la cancelación" de aportes a fondos previsionales  y de otros destinos sociales.

HASTA 10 MIL

A través de un comunicado, el Central salió a dar detalles sobre las medidas. Señaló que se obligará "a los exportadores de bienes y servicios a liquidar sus ingresos de divisas en el mercado local". "Para las exportaciones que se realicen a partir del 2/9/2019: deberán liquidarse los dólares como máximo 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities). Mientras que para las exportaciones oficializadas antes del 2/9/2019 que se encuentren pendientes de cobro: tendrán que liquidarse los dólares como máximo dentro de los 5 días hábiles posteriores al cobro (incluyendo anticipos y prefinanciación)", subrayó.

Asimismo, el BCRA comunicó que las "personas jurídicas residentes podrán comprar divisas sin restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento, pero necesitarán conformidad" en el caso de "comprar divisas para la formación de activos externos, para la precancelación de deudas, para girar al exterior utilidades y dividendos y realizar transferencias al exterior".

Los interesados "no tendrán ninguna limitación para comprar hasta USD 10.000 por mes y necesitarán autorización para comprar sumas mayores a ese monto". Tampoco estará permitido "hacer transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de USD 10.000 por persona por mes".

En tanto, cuando la compra de dólares supere los USD 1.000 la misma deberá realizarse "con débito a una cuenta en pesos, ya que no podrán realizarse en efectivo".

Por otro lado, las "personas humanas y jurídicas que no sean residentes podrán comprar hasta USD 1.000 por mes y no podrán realizar transferencias de fondos de cuentas en dólares al exterior".

“PROTEGER A LOS AHORRISTAS”

El Central sostuvo que las medidas se toman con el objetivo de  "mantener la estabilidad cambiaria y proteger a los ahorristas" y que buscan regular "los ingresos y los egresos en el mercado de cambios".

"Esta normativa mantiene la plena libertad para extraer dólares de las cuentas bancarias, tanto para personas físicas como jurídicas, no afecta el normal funcionamiento del comercio exterior y tampoco introduce ninguna restricción a los viajes", aclaró la entidad.

BANCOS HASTA LAS 17

El BCRA habilitó a los bancos a tener abiertas sus sucursales hasta las 17 horas durante septiembre para "atender las necesidades de los clientes".

En este marco, aclaró entonces que el horario, para las entidades que lo dispongan, será de 10 a 17 horas. O sea, dos horas más que el horario habitual. (DIB)

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