El Ejecutivo dio permiso a las 23 provincias -a sus respectivos municipios- y a la Ciudad para que abran las oficinas de rentas. Además, autorizó la actividad de los registros civiles nacional y provincial y de los servicios de cobranza de servicios que permanecían cerrados.
Además, se autorizó la venta online y telefónica, con delivery de comercios minoristas. Incluiría entre otros rubros a pinturerías, casas electrónicas, jugueterías, ropa, marroquinerías y calzados. En ningún caso, establece el decreto, los negocios podrán abrir al público.
El Ejecutivo además permite consultas médicas y odontológicas programadas y la apertura de las ópticas, que deberán trabajar con turnos y cupos limitados.
También dio vía libre a que vuelvan al trabajo peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras con el fin de que se puedan realizar los pagos a los beneficiarios. La atención al público también está suspendida para este rubro.
CUÁLES SON
- Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
- Oficinas de rentas de las provincias, de la ciudad autónoma de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
- Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
- Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.
- Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
- Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
- Ópticas, con sistema de turno previo.