miércoles 25 de junio de 2025

DEPORTES | 1 nov. 2020

Fútbol

Santiago Silva fue sancionado con dos años de suspensión por dóping

El delantero de Argentinos Juniors dio positivo en un control en 2019, cuando jugaba en Gimnasia Esgrima La Plata.


El delantero Santiago Silva comenzó a cumplir la sanción impuesta que lo alejará de las canchas dos años por dar positivo en un control antidóping, el 12 de abril de 2019, cuando jugaba en Gimnasia y Esgrima La Plata, tras un encuentro ante Newell's. La sustancia que originó la sanción fue la testosterona. En un descargo realizado por Silva, contó que se había sometido a un tratamiento de fertilidad.

"Estaba tratando de buscar otro hijo con un tratamiento de fertilidad. Lo hice en enero (de 2019) y no había ningún problema, tenía todos los certificados. Después hubo un problema y se elevó la hormona", explicó Silva, de 39 años.

Silva, que milita en Argentinos Juniors, señaló en un comunicado en Instagram que "recibí la triste notificación sobre la decisión que tomó la AFA, dictaminando mi suspensión y anulando mi posibilidad de seguir jugando. A pesar de que en su momento cuando me fue requerido presenté todos los análisis y certificados que comprobaban mi situación médica de ese momento (tratamiento para ser nuevamente padre).

"Quienes me conocieron y compartieron conmigo mi extensa e intachable carrera, saben de mi compromiso y superación día a día para con mi pasión, que es el fútbol", añadió el ex futbolista de Boca Juniors.

Finalmente el "Tanque" sostuvo que "a pesar de este golpe, quiero hacerles llegar tranquilidad a quienes me quieren. Porque estoy más fuerte que nunca y decidido a seguir dedicado y comprometido con el fútbol para que esto aún no se termine".

En el Boletín publicado por AFA este viernes 30, quedó ratificada la medida y el uruguayo deberá alejarse de las canchas por 2 años.

"Con fecha 23-9-2019 se resolvió en autos 'conceder la medida cautelar solicitada por el Sr. Santiago Martín Silva Olivera y, en consecuencia, suspender los efectos de la suspensión provisional del atleta, impuesta por el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje' (...) Se hace saber a las partes que la medida cautelar oportunamente ordenada se ha agotado en su objeto y, conforme lo dispuesto por el art. 87 segundo párrafo de la ley 26.912, cesa la intervención de este Juzgado", indica el documento.

 

 

 

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