viernes 19 de abril de 2024

NACIONALES | 8 abr 2021

El Gobierno publicó el DNU

Los detalles de las nuevas restricciones

Se suspenden en todo el país los viajes de egresados y las reuniones de más de diez personas en domicilios particulares. Los encuentros en casa se prohíben completamente en los distritos de “alto riesgo”.


El Gobierno nacional publicó esta tarde el Decreto de Necesidad y Urgencia que establece nuevas restricciones para aminorar los contagios de coronavirus en medio de la segunda ola.

El DNU 235/2021, indica su artículo 1, establece “medidas generales de prevención y disposiciones locales y focalizadas de contención, basadas en evidencia científica y en la dinámica epidemiológica” para “mitigar la propagación” del Covid-19. El mismo, estará vigente desde la primera hora de este viernes hasta el 30 de abril inclusive.

Tal como anticipó el presidente Alberto Fernández el pasado miércoles, la normativa suspende para todo el país “los viajes grupales de egresados y egresadas, de estudio y de grupos turísticos”.

Asimismo, las reuniones en domicilios particulares tendrán un límite de diez personas y se suspenden completamente para aquellos distritos que tienen “alto riesgo” epidemiológico. Este punto tiene como excepción para los casos en que una persona requiere cuidados especiales.

En los departamentos con situaciones más complicadas tampoco estarán habilitadas las reuniones al aire libre de más de 20 personas, ni la práctica de deportes en lugares cerrados con más de 10 participantes o que no permitan mantener el distanciamiento en un mínimo de dos metros.

Además, en los municipios de “alto riesgo” no podrán funcionar los casinos, los bingos, las discotecas y los salones de fiesta. Los locales gastronómicos deberán cerrar a las 23 horas, con un aforo del 30%. La misma capacidad podrán usar cines, iglesias, teatros y gimnasios.

El decreto también incluye el “toque de queda” para los lugares de mayores contagios: la circulación se cortará desde la medianoche hasta las 6 de la mañana. De esta franja, quedan exceptuados los trabajadores esenciales, los industriales y las personas que deban regresar trasladarse entre sus puestos laborales y su hogar en esas horas.

“Los gobernadores y las gobernadoras de provincias y el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en atención a las condiciones epidemiológicas, podrán disponer la ampliación del horario establecido”, subraya la normativa.

El Gobierno publicó el DNU: los detalles de las nuevas restricciones by Agencia DIB on Scribd

El DNU también fomenta el teletrabajo y determina como exclusivo el transporte público para personal esencial en la zona del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), mientras que las empresas deberán hacerse cargo del traslado de sus trabajadores.

Asimismo, el decreto advierte que “se mantendrán las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales” cumpliendo los protocolos establecidos. 


 

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