martes 17 de junio de 2025

LOCALES | 16 oct. 2021

DOBLE ABUSO EN COLÓN

Romper el silencio ante el abuso infantil

Reconocer los abusos en menores no es sencillo porque “los niños son silenciados y es con lo que juega el abusador”, dicen los especialistas. Mientras, se siguen sucediendo los casos en todo el mundo. La difusión periodística como herramienta aliada a la justicia. El caso de doble abuso en Colón es un ejemplo más de lo que acontece.


TAGS: NIñOS

Esta semana se supo que unos 216.000 niños han sido abusados ​​sexualmente por miembros del clero católico francés desde 1950, según una investigación independiente y se advierte que el número podría aumentar a 330.000 si se incluye el abuso por parte de miembros laicos de la Iglesia.

En España, uno de cada cinco menores sufren casos de abuso sexual infantil, una realidad que solo tiene cabida en los medios de comunicación cuando un caso llama especialmente la atención, pero que muchos otros sufren en silencio día a día.

En nuestro país, según datos del gobierno nacional, el 53% de los casos de abuso sexual infantil se produce en el hogar de la víctima, el 18% de los casos se producen en la vivienda del agresor y el 10% de los casos en la casa de un familiar, es decir, el 63% de los casos se producen en el ámbito familiar del niño, niña o adolescente.

El pasado 12 de agosto, en la ciudad de Colón, perteneciente al Departamento Judicial de Pergamino, el veredicto condenatorio para Cristian Alejandro Negro, alias “Charly”, de 38 años de edad, como autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple en dos hechos, en perjuicio de niñas que, en el momento de acontecer los aberrantes casos, tenían entre 8 y 9 años de edad, se ubica en uno de los contextos más frecuentes: un individuo cercano a la familia.

Fue precisamente el titular del Juzgado en lo Correccional N° 2, de Pergamino, Dr. Raúl Alejandro Salguero, quien luego de más de cuatro años de denunciado uno de los sucesos y seis desde su acontecimiento, condenó a Negro a la pena tres años de prisión de cumplimiento en suspenso, debido a la falta de antecedentes condenatorios por parte del autor del aberrante ilícito, además de someterlo al cumplimiento de las reglas de conducta a imponer por el término cuatro años.

Esto incluye: “Fijar su residencia y someterse al cuidado del Patronato de Liberados y no cometer nuevos delitos”. Además, establece “una prohibición de acercamiento y/o contacto personal de quinientos metros y/o vía telefónica, epistolar y/o a través de cualquier tipo de red social y/o modalidad de aplicación telefónica o vía internet”, con las víctimas, su progenitores y parte del grupo familiar, ya que los abusos se produjeron a raíz de una situación de confianza generada por el vínculo amistoso que mantenía con la familia de una de las víctimas.

TESTIMONIO DE UNA MAMÁ

En diálogo con SEMANARIO, Marina Luna, mamá de una de las víctimas, explicó que “esperaba que el juicio abreviado tuviera repercusión en la sociedad, porque me parece que es lo más lógico, porque esta persona (por Negro) tiene sobrinos, tiene contacto con otros niños”.

El condenado trabaja en Colón, en una granja de pollos, pero siempre se dedicó a bailar folclore.

“Me pareció un buen recurso el juicio abreviado y se lo comuniqué a mi hija, diciéndole que íbamos a necesitar la condena social. Mi hija siempre estuvo de acuerdo en esto”, dijo Marina.

Y añadió que “el proceso llevó seis años, llegamos al juicio abreviado para que no se siga demorando y termine en la nada. Son dos hechos, o uno solo. Yo como mamá tengo la obligación de que esto se sepa, si el caso anterior al de mi nena, la mamá lo hubiera comentado, quizás a mi hija no le hubiera ocurrido”.

Marina expresó que “callamos y callamos cosas que no debemos callar. De hecho, hablé con un periodista que sólo me dijo: ‘No lo puedo creer’. Yo tampoco lo podía creer en su momento, pero lo que tengo claro es que hay una sentencia firmada por un juez. Yo no estoy culpando a una persona, hay toda una investigación que lo condena, debido a numerosas pericias”.

La mamá de la víctima hizo hincapié en que “una persona le toque la cola a una nena no es un equívoco, no. Por eso si pasó una primera vez se podría evitar una segunda. Esta persona está en libertad, mi hija se lo va a cruzar y eso hay que evitarlo, por eso el juez también determinó restricciones”.

Y destacó que “era necesario que esto se sepa para que todos sepamos con quienes estamos conviviendo. Yo les pido que cuiden a sus hijos, mi hija era como una sobrina para este abusador, y para mí era como mi hermano. El abusaba de mi nena en el auto que le prestaba mi papá y a la otra nena la abusó en la casa de mi mamá”, concluyó Marina.

La condena indica que Negro “deberá mudarse de domicilio, manteniendo una distancia mayor a quinientos metros de la residencia actual, dentro del plazo máximo de treinta días de adquirir firmeza la presente resolución”.

RESUMEN DE LOS HECHOS

Según consta en el veredicto condenatorio, en uno de los casos y “sin poder determinar fechas exactas, pero en el transcurso de los años 2015 y 2016 en la ciudad de Colón, el aquí imputado, en reiteradas oportunidades, cuando llevaba en automóvil” a una de las niñas, “que en ese entonces tenía entre 7 y 8 años de edad, le tocaba la vagina por debajo de sus ropas”.

En el otro caso, “sin poder establecer fecha exacta, pero entre los años 2012 o 2013, en el interior de un domicilio de la localidad de Colón, el condenado Negro, en circunstancias en que tenía sentada en su falda” a la otra víctima, “en aquel entonces de 8 años de edad aproximadamente, le bajó su ropa, mientras sacó su pene y se lo apoyó en la cola”.

En este caso las menores pudieron hablar, algo que no siempre sucede y el trauma perdura en forma permanente. En ocasiones, los adultos acuden a una consulta psicológica buscando ayuda profesional por algún otro tema y se descubre que tiene origen en algún abuso cuando eran niños y que habían bloqueado.

En este caso y a partir de las declaraciones recogidas de familiares, allegados y las propias menores y las pericias realizadas el juez dio por concluidas las pruebas condenatorias y se promovió el juicio abreviado teniendo en cuenta las demoras procesales que se venían generando y la necesidad de establecer un fallo condenatorio con el objetivo de poner límites para que el acusado no prosiguiera con este accionar ilícito en perjuicio de futuras víctimas.

Una de las niñas fue representada por la abogada colonense Rosana Albisini, integrante de AMA (Mujeres autoconvocadas contra la violencia de género), quien destacó también la necesidad de arribar al juicio abreviado, pero al mismo tiempo dar difusión del hecho para que no haya más víctimas por parte del condenado.

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