domingo 04 de mayo de 2025

POLICIALES | 14 nov 2024

Cantante de “La Ola que Quería ser Chau”

El ex músico José Miguel del Pópolo fue condenado a 27 años de prisión por triple abuso sexual agravado

Así lo resolvió el TOC N° 25 de Capital Federal. El doctor De la Fuente, titular de la Fiscalía General Nº18, el tribunal ordenó que, una vez que la sentencia quede firme, se obtenga y extraiga el perfil genético del hombre con el objetivo de que sea remitido al Banco de Datos Genéticos.


Tras un juicio que se extendió por casi tres meses, este martes el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 25 de la Capital Federal resolvió condenar a 27 años de prisión al ex músico José Miguel del Pópolo, por el abuso sexual de tres mujeres. Además, se ordenó su inmediata detención, de acuerdo a lo que había pedido en su alegato el fiscal general Guillermo Pérez de la Fuente.

Según el resumen de la sentencia publicado en el sitio Fiscales.gob.ar, los jueces Hugo Daniel Navarro, Ana Dieta de Herrero y Marcelo Bartumeu Romero consideraron a Del Pópolo responsable del abuso sexual cometido con acceso carnal en relación con las tres denunciantes. Debido a la multiplicidad de situaciones, uno de los casos fue calificado como reiterado.

“A Del Pópolo le daba placer tener una relación sexual causando dolor y sufrimiento”, afirmó el fiscal De la Fuente durante su exposición ante los jueces. Analizó primero el caso que involucró a Mailén Frías, la joven que lo denunció en 2016 y que hizo pública la situación a través de un video.

Consideró que quedó acreditado a través de los testimonios, los informes y por sobre todo el relato de la víctima, que el músico abusó sexualmente de ella en abril de aquel año “mediante el empleo de violencia y contra su voluntad”, en el departamento que ocupaba con su familia en el barrio porteño de Villa Crespo.

El representante del MPF de CABA marcó que era relevante analizar la prueba de los tres casos en forma integrada, ya que se refieren a conductas similares perpetradas por un mismo hombre hacia tres mujeres distintas.

Luego exhibió la cantidad de veces que la denunciante relató el hecho ante la Brigada Móvil de Atención a Víctimas de Violencia Sexual del Programa Las Víctimas contra las Violencias, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y su declaración en la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia. Justamente, esas profesionales elaboraron un informe donde dieron cuenta de que atravesaba una situación de alto riesgo.

El fiscal hizo foco también en los diversos informes que hicieron profesionales en psicología y psiquiatría, donde dejaron en claro que había signos “compatibles con haber pasado por una situación de abuso o ataque”. Luego, recordó los testimonios de los amigos de la joven, que contaron no solo cómo estuvo en los momentos después del ataque, sino como Del Pópolo la acosaba.

Tras considerar que se había probado que Del Pópolo había cometido los abusos sexuales con acceso carnal, el fiscal Pérez de la Fuente planteó: “¿Cuál es la pena para una persona que, desde una posición de dominio, maltrata, manipula e intimida? ¿Para alguien que objetiviza, que cosifica a jóvenes mucho menores que él, que confiaron en él?”

En la audiencia de anoche, la querella que representa a dos de las denunciantes había pedido 31 años de prisión, mientras que la defensa, tras cuestionar los relatos realizados por las jóvenes y la difusión de los videos donde contaban lo sucedido, reclamó su absolución por el beneficio de la duda.

En línea con lo postulado ante los Tribunales Orales Criminales y Correccionales por el doctor De la Fuente, titular de la Fiscalía General Nº18, el tribunal ordenó que, una vez que la sentencia quede firme, se obtenga y extraiga el perfil genético del hombre con el objetivo de que sea remitido al Banco de Datos Genéticos.

Por otro lado, se absolvió a Del Pópolo del delito de lesiones leves, ya que el fiscal había considerado que esa secuencia estaba prescripta. Los fundamentos de la sentencia, por su parte, se conocerán el próximo 27 de noviembre.

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