

Por: Redacción Semanario de Junín
NOTA DE TAPA PUBLICADA EN LA EDICIÓN IMPRESA Y EDICIÓN DIGITAL Nº 436 DE SEMANARIO DE JUNÍN. CORRESPONDE A LA SEMANA DEL 16 AL 22 DE NOVIEMBRE DE 2024
Desde empleados infieles que toman los datos de sus compañeros para realizar estafas hasta chicos de escuela primaria que crean perfiles falsos para “escrachar” alumnos. En el medio, discurren innumerables posibilidades, todas ellas con el objetivo de causar un daño, pero al tratarse de una modalidad que vino de la mano de las nuevas tecnologías, todavía la justicia no encontró la manera de ponerle un freno y sancionar a los culpables.
Los cambios a los que asistimos en los últimos 30 años han sido más veloces que los acontecidos en los anteriores 200, pero las instituciones no han logrado la adaptación necesaria y por ese motivo se terminaron haciendo reales una serie de situaciones distópicas y por cierto, indeseables.
La sustitución de la identidad a partir primero de las redes sociales y más cerca en la cotidianeidad del mercadeo, con billeteras electrónicas, compras online y demás, terminó siendo una herramienta que dentro de los beneficios que podían representar estas herramientas, está causando estragos.
Los hechos acontecidos en el Hospital Interzonal “Abraham Piñeyro” de Junín resultan un caso emblemático de esta situación que inexplicablemente desde hace más de un año viene afectando a decenas de trabajadores en su economía a través de la duplicación de tarjetas, falsas bajas de las mismas y otras elucubraciones que están en la mente de un virtual delincuente que goza de impunidad, mientras las autoridades no saben o no pueden evitar el problema.
Esto llevó a que desde los gremios de la salud que funcionan en el nosocomio advirtieran a sus afiliados para que no presten sus datos biométricos.
La secretaria local de la Asociación Sindical de Profesionales de la Salud de la Provincia de Buenos Aires (Cicop), Tamara Valtorta, señaló que “durante el último año, se denunciaron múltiples delitos sin resolución, entre ellos la duplicación de tarjetas de crédito con el robo de dinero, la solicitud de préstamos personales, persecuciones y amenazas en la vía pública”, lo cual muestra el grado de desamparo que presentan los trabajadores afectados por la sustitución de su identidad.
Afirmó la gremialista que “el robo y uso de nuestros datos personales salen de adentro del Hospital", lo cual implica que quien está cometiendo el ilícito esté reconocido, aunque la dirección a cargo de Fernando Crocco hasta el momento haya minimizado la cuestión muy a pesar del tiempo transcurrido desde el inicio de las perjudiciales acciones.
Valtorta agregó que “esto empezó con una cuestión personal que se fue extendiendo y agravando con el bloqueo de tarjetas de débito, de homebanking y escaló a la duplicación de tarjetas de crédito, que afectó también a comercios, con más personas involucradas, incluso con la persecución de personas en las calles, vigilancia en los domicilios y amenazas”, lo que muestra hasta donde escaló el conflicto precisamente por no darle una oportuna atención.
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EN LAS ESCUELAS
Niños de primaria como adolescentes de secundaria en escuelas de Junín y el resto del país, también padecen este tipo de situaciones a partir de la sustitución de identidades. De hecho, los cuerpos directivos docentes de algunas instituciones locales ya han debido citar a padres para plantearles la situación de falsos “escraches” a compañeros en las redes sociales, realizados por chicos que no tienen más de 11 años.
Los hechos acontecidos en el Hospital Interzonal “Abraham Piñeyro” de Junín resultan un caso emblemático de esta situación.
Por otra parte, las noticias de estudiantes que implantan las caras de sus compañeros y compañeras en cuerpos desnudos y las distribuyen y hasta las comercializan, inundan los medios de prensa y generan una profunda preocupación por el impacto sobre los perjudicados, sin que haya hasta ahora una respuesta a semejante vejación.
En tiempos en que la imagen en las redes es común denominador en las comunidades para mostrar sus vidas, se torna prácticamente imposible frenar la andanada de abusos que puedan cometerse con esas imágenes y más aun teniendo a mano las facilidades de edición que aporta la inteligencia artificial.
Diariamente vemos como se multiplican las estafas a través de los delitos producidos en algunos casos y paradójicamente desde las mismas cárceles, donde internos que cumplen condena realizan llamados con el objetivo de suplantar identidad en aplicaciones de mensajería para luego pedir dinero a familiares, amigas y conocidos que tienen como contactos.
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EL PROYECTO QUE ESPERA
La diputada nacional Mónica Macha es la que presentó un proyecto para tratar de darle algún tipo de cierre a la impunidad que se maneja en estos contextos narrados y otros tantos que se desprenden de ellos.
La diputada nacional Mónica Macha (UxP) presentó dos iniciativas que buscan tipificar en el Código Penal la suplantación de identidad y el hostigamiento digital.
La legisladora hizo una propuesta legislativa sobre violencia digital para tipificar como delitos en el Código Penal la suplantación de identidad y el hostigamiento digital y ya se logró dictamen favorable para tratarlo en el recinto.
La iniciativa propone agregar al Código penal el artículo 139 ter por el cual “será reprimido con prisión de seis (6) meses a dos (2) años o con multa de pesos seiscientos mil ($600.000) a pesos cuatro millones ($4.000.000) el que creare una identidad digital utilizando los datos filiatorios y/o imagen, seudónimo, nombre de usuario y/o cualquier otra característica que la identifique como tal, de una persona humana o jurídica sin su consentimiento o el que suplantare, se apoderare o utilizare la imagen y/o datos filiatorios, seudónimo, nombre de usuario y/o cualquier otra característica que la identifique como tal, de una persona humana o jurídica sin su consentimiento, en ambos casos mediante la utilización de tecnologías de la información y la comunicación o a través Internet, o medio de comunicación, con la intención de cometer un delito o causar un perjuicio, a la persona cuya identidad se suplanta o a terceros, u obtener beneficio para sí o para terceros”.
La pena será de prisión de uno (1) a cuatro (4) años, siempre y cuando no configure un delito más severamente penado, en los siguientes casos:
a) Si se realizare de forma sostenida en el tiempo o de modo tal que obligare a la víctima alterar su proyecto de vida;
b) Si la identidad digital creada, apropiada o utilizada fuere de una persona humana menor de 18 años;
c) Si el hecho se cometiere por persona que esté o haya estado unida a la víctima por matrimonio, unión convivencial o relación de pareja, mediare o no convivencia;
d) Si el hecho se cometiere por odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión;
e) si el hecho se cometiere contra una mujer mediando violencia de género;
f) Si el hecho se cometiere con el objeto de realizar una oferta de servicios sexuales a través de las tecnologías de la información y la comunicación o cualquier medio de comunicación.”
Entre los fundamentos de la presentación la legisladora remarcó que “la suplantación de esta identidad digital es una de las conductas delictivas que más crecimiento ha tenido en los últimos años junto con el crecimiento del ciberdelito en general”.
Se la define como “la acción de quienes se hacen pasar por otra persona, creando un perfil falso en las redes sociales o la web, o utilizando la imagen o los datos personales de otra persona para crearse una identidad digital, con la finalidad de causar un perjuicio a terceros o de cometer un ilícito”4 aunque también puede tener como sujetos pasivos a personas jurídicas”.
La conducta típica puede abarcar dos posibilidades: crear una identidad digital usando los datos filiatorios y/o imagen, seudónimo, nombre de usuario y/u otras características que identifique a una persona física o jurídica, o suplantar una identidad física o jurídica ya existente con esos mismos datos. Ambas conductas se encuentran incluidas en el proyecto traído a consideración en donde el bien jurídico protegido es la identidad de las personas físicas o jurídicas.
Se indica que “La conducta a incluir en el Código Penal tiene a grandes rasgos dos finalidades: por un lado es frecuente que se utilice para cometer otros delitos como estafas cibernéticas o fraudes financieros que terminan perjudicando a terceras personas que son engañadas por el victimario, esto incluye crear perfiles falsos de marcas o empresas para defraudar a los clientes o ingresar indebidamente a una cuenta o perfil para enviar mensajes o publicaciones fraudulentas, o conseguir datos de una persona física o jurídica a través de ingeniería social para luego implantarla y estafar a otras personas”.
Mientras que la “segunda finalidad es cuando se utiliza para causar un perjuicio a la identidad suplantada o a personas que la conocen. En este último caso la suplantación no solo opera vulnerando el derecho a la identidad de una persona física, sino que puede utilizarse para difamar o instigar abusos sexuales u otros delitos contra la víctima, difundir sus datos personales, material íntimo, sexual o de desnudez, para realizar acosos digitales, extorsiones, enviar malwares a terceros y otras conductas maliciosas”.
Sin dudas que en ambos casos causa un daño que va mucho más allá de la pérdida de un bien determinado, sino que aborda la dignidad de la persona y su propia confianza, vulnerándola y destruyéndola, por eso es menester dar una rápida solución y difusión a este tipo de situaciones para que la comunidad toda esté sobre aviso.