

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió hasta el próximo 30 de mayo el plazo para que Micro, Pequeñas o Medianas Empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes puedan adherirse a los planes de facilidades de pago vigentes. Lo hizo a través de la Resolución General 5680/25, que será publicada en el Boletín Oficial.
Es importante destacar que en todos los casos, este régimen contempla las obligaciones vencidas y multas aplicadas hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.
¿Qué obligaciones se encuentran incluidas?
Impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluidas sus intereses y multas.
Retenciones y percepciones impositivas.
Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses.
¿Cómo es la financiación?
Para pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud será un 25% de la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.
En el caso de las medianas empresas -Tramos 1 y 2- corresponde una tasa del 40% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.
¿Cómo acceder a los beneficios?
La adhesión podrá realizarse hasta el próximo 30 de mayo de 2025, a través del sistema informático “Mis Facilidades” con Clave Fiscal.
¿Cuáles son los requisitos necesarios?
Los contribuyentes deberán tener: Domicilio Fiscal Electrónico constituido. Declaraciones juradas presentadas. CUIT activa. CBU informada