

A pedido de la CGT, la Justicia laboral analizó y decidió anular los artículos del decreto 340 del Gobierno nacional que intentaban limitar el derecho a huelga. La Cámara de Apelaciones consideró que se violaron normas constitucionales y se evitó el debate en el Congreso, el poder republicano encargado de modificar leyes.
La Justicia laboral declaró inconstitucionales los artículos 2 y 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025, que imponía restricciones al ejercicio del derecho a huelga en varias actividades. La decisión fue tomada por la Sala V de la Cámara Nacional del Trabajo, que confirmó un fallo previo de la jueza Moira Fullana, tras un amparo presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT).
El decreto, firmado por el Poder Ejecutivo, buscaba modificar la Ley 25.877 e incluía nuevas actividades como “servicios esenciales”, como la marina mercante, lo que limitaba el derecho a realizar huelgas en esos sectores. Pero los jueces señalaron que el Gobierno no justificó la necesidad ni la urgencia de dictar estas medidas por decreto, ya que el Congreso estaba en funciones y es el único órgano con autoridad para cambiar una ley.