miércoles 12 de noviembre de 2025

NACIONALES | 11 nov. 2025

MUERTE ASISTIDA

Cobos presentó un proyecto para legalizar la eutanasia en Argentina tras la sanción en Uruguay

Hubo varias iniciativas en el mismo sentido que perdieron estado parlamentario. El proyecto del legislador mendocino se puede tratar durante dos años.


La histórica aprobación de la ley de eutanasia en Uruguay, que convierte al país vecino en el primero de América Latina en legalizar la muerte asistida, generó un nuevo impulso en la Argentina para destrabar proyectos similares.

En ese sentido, el diputado mendocino por la UCR Julio Cobos, que ocupará su banca hasta el 10 de diciembre, presentó un proyecto con su firma a través de la Cámara Baja que contempla la legalización de la eutanasia y de la muerte asistida.

En concreto, la iniciativa prevé que un médico administre directamente la sustancia que provoque la muerte del solicitante, o que el médico prescriba o proporcione la medicación necesaria para morir y que el solicitante sea quien se la autoadministre.

“Presentar el proyecto es una manera de insistir con el tema y lograr que haya una iniciativa nueva que conserve estado parlamentario durante dos años”, dijo Cobos y agregó: “La aprobación en Uruguay sin duda fue un impulso para presentar este proyecto”.

Cobos argumentó que este proyecto es una extensión de la autonomía individual ya reconocida en la Ley de Muerte Digna de 2012, equiparando el derecho a una vida digna con el derecho a una muerte digna.

La iniciativa surge en un contexto de renovado debate, impulsado por la reciente legalización de la eutanasia en Uruguay. El proyecto de Cobos se suma a otras propuestas legislativas que buscan abordar el vacío legal sobre la eutanasia en el país.

La iniciativa contempla la objeción de conciencia para aquellos profesionales que decidan no participar de estas prácticas, a la vez que establece que los centros públicos y privados de salud deben garantizar el acceso al procedimiento en caso de que el solicitante cumpla con los requisitos y mantenga su voluntad.

Los puntos principales del proyecto de Cobos incluyen:

  • Reconocer el derecho a solicitar la interrupción voluntaria de la vida para personas mayores de edad y capaces que padezcan sufrimiento insoportable debido a una enfermedad grave e incurable o un padecimiento crónico grave.
  • Requerir el consentimiento informado, voluntario y consciente del solicitante.
  • Exigir una solicitud escrita (o por otro medio verificable) presentada en al menos dos ocasiones distintas para asegurar una decisión firme.
  • Establecer procedimientos de control para garantizar el cumplimiento de las normativas y proteger a los profesionales de la salud.
  • Distinguir entre la práctica eutanásica (personal médico administra la sustancia) y la muerte asistida (el paciente se autoadministra la sustancia).

Hasta hoy, la eutanasia activa —la administración directa de una sustancia letal por parte de un médico— sigue siendo ilegal y penada por el Código Penal.

Los otros proyectos que se presentaron en su momento y que perdieron estado parlamentario proponen un marco legal para que los médicos puedan, bajo estrictos protocolos y a solicitud consciente e informada del paciente, asistir en el proceso de muerte.

  • Requisitos Rigurosos: Se establecen condiciones claras, como ser mayor de edad, padecer una enfermedad grave e incurable o un sufrimiento crónico e insoportable, y que la decisión sea voluntaria y reiterada.
  • Garantías y Controles: Los textos proponen mecanismos para controlar y evaluar los procedimientos, asegurando la autonomía del paciente y protegiendo a los profesionales de la salud de judicializaciones innecesarias.
  • Objeción de Conciencia: Se contempla la objeción de conciencia individual e institucional, aunque se exige que el sistema de salud garantice de igual manera el derecho del paciente, refiriéndolo a otra institución o profesional si es necesario.
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