viernes 26 de abril de 2024

LINCOLN | 27 ene 2019

CAUSA JORGE FERNANDEZ

El intendente Salvador Serenal denunciará al fiscal general Juan Manuel Mastrorilli

El jefe comunal linqueño presentará una nueva denuncia para que se investigue la conducta del fiscal general del Departamento Judicial Junín, por el supuesto mal desempeño e incumplimiento de funciones.


En la causa IPP 7452/16, que se investigaba en la Unidad Fiscal de Instrucción número 2, a cargo del Dr. Javier Ochoaizpuro, se encontraba presentado como particular damnificado el intendente de la vecina ciudad linqueña el Dr. Salvador Serenal, decidió por la irregularidad del proceso, presentar un pedido de informes ante el Secretario de Política Criminal, Coordinación Fiscal e Instrucción Penal, Dr. Francisco Pont Verges y en todo caso, evaluar la presentación de iniciar una nueva acción judicial, pero esta vez, ante el Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados.

Con cierto malestar, en diálogo con Semanario, dijo hacía la presentación para que se investigue el "entramado judicial" y manifiesta en el escrito que “ vengo a solicitar se me informe la persona física a cargo y responsable de la Fiscalía General de Junín al momento de dictar sentencia la Excma. Cámara de Apelación y Garantías Departamental de fecha 2 de Octubre de 2018 en la causa 57068-2006 caratulada Galinelli Anibal su denuncia mediante la cual se confirma la resolución de primera instancia que concede el sobreseimiento a Jorge Abel Fernández y durante el plazo procesal para la interposición de los remedios procesales pertinentes”.

También señala que “Motiva la presente, la decisión del suscripto de incoar acciones legales pertinentes por incumplimiento de las funciones a su cargo y mal desempeño, entre otras, por ante el Consejo de la Magistratura de la Provincia de Buenos Aires, dado que el responsable a cargo de la Fiscalía General de Junín no interpuso los remedios procesales pertinentes contra la sentencia de marras a los fines de revertir la absurda resolución, adquiriendo la misma la calidad de autoridad de cosa juzgada, ante la omisión recursiva”.

Sin perjuicio del “doble conforme de raigambre supra nacional, la sentencia en la causa referenciada representa un evento de gravedad institucional y dada la conexidad con la causa IPP 7452/16 (Denuncia por enriquecimiento ilícito, entre otros, contra Fernández Jorge Abel) de trámite por ante la UFIJ 2 de Junín- en plena investigación-, con mas las características de los delitos endilgados e investigados, en su mayoría de ejecución continuada, correspondería haber sido recurrida”.

La sentencia de Cámara “confirma la resolución de la Jueza de Garantías N° 2 de Junín, Dra. Marisa Muñoz Saggese, extendiendo el período saneado al momento del archivo de la causa 2003/2012 cuando se investigó hasta el año 2008, reconociéndolo en reiteradas actuaciones la propia defensa técnica del imputado Fernández”.

Continúa manifestando en el escrito de marras que: “la situación descripta convalida el robo del ex Intendente Fernández a los linqueños y la “justicia” lo premia “blanqueandole” el patrimonio mal habido hasta el año 2012, fecha de archivo, pero no de investigación criminal, dado que la misma finalizó a principios del año 2008”.

“Que, la extensión del período de manera artera y alocada coloca a la Causa IPP 7452/16 por nosotros formulada y en la que actuamos como particular damnificado, en una situación compleja con riesgo para el Ministerio Público Fiscal de ser denunciado por violar el principio del non bis in ídem”.

“Como le he dicho anteriormente, – continúa- la mecánica criminal del tipo penal del 265 inc. 2 del CP se presenta en la mayoría de los casos en acción continua pudiendo perdurar hasta dos años luego de expirado el mandato del funcionario imputado”.

Queda demostrado las irregularidades y por eso solicito que “expuestos suscintamente, deseamos recibir la información requerida y accionar en consecuencia”.

Cerrando la presentación manifiesta que “como lo he dicho en reiteradas oportunidades, hoy más que nunca lo reitero y ratifico “Si no hay justicia no hay ejemplo. Si no hay Justicia no hay República”.

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