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La Justicia bonaerense resolvió juzgar a menor de edad con un jurado popular - Semanario de Junín

BONAERENSES | 23 NOV 2021

INéDITO

La Justicia bonaerense resolvió juzgar a menor de edad con un jurado popular

El Tribunal de Casación Penal bonaerense argumentó que los menores de edad tienen los mismos derechos que los mayores de ser sometidos a este tipo de proceso.



La Justicia bonaerense puso en práctica un fallo inédito, en el cual resolvió que un menor de edad acusado de abuso sexual, sea juzgado por un jurado popular. De este modo, el Tribunal de Casación Penal de la Provincia argumentó que los menores de edad tienen los mismos derechos que los mayores de ser sometidos a este tipo de proceso.

"No se puede excluir al control ciudadano en los procesos del fuero de responsabilidad juvenil", justificaron a través del fallo, desde el tribunal bonaerense.

El caso en cuestión se refiere a cargos de abuso sexual contra un menor que tenía 17 años al cometer el delito imputado. Al enumerar los fundamentos clave, la Sala V del máximo tribunal penal de la provincia de Buenos Aires, determinó que el acusado (que ahora tiene 18 años), debe ser sometido a este tipo de debate.

El fallo de la Sala V hizo lugar al recurso de queja que había planteado la defensora oficial María Elia Klappenbach, para que su representado pueda ser sometido a un juicio por jurados, pese a que ello no está contemplado en ni en la Ley Penal Juvenil.

Con la mayoría de los jueces Mario Eduardo Kohan y María Florencia Budiño, y el voto en disidencia de Luís María Mancini, la Casación revocó la resolución de la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Plata. Esta resolución indicaba el pronunciamiento dictado por el Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 local, que no hizo lugar a la implementación del procedimiento de juicio por jurados del menor.

Para el juez Mario Kohan, "no existe regulación que impida o vede la aplicación del sistema de jurados populares a los procesos seguidos a los jóvenes en conflicto con la ley penal".

Por otra parte, el fallo aclara que "resultará necesario que el Juez técnico que intervenga en este tipo de procesos sea un Juez de Responsabilidad Juvenil", el mismo que "tiene a cargo la realización de la etapa de juicio por las disposiciones de la Ley 13.634".