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Fin de un control clave: los colegios privados ya no deben reportar sus aumentos al Gobierno - Semanario de Junín

ECONOMÍA | 10 JUN 2026

ALERTA FAMILIAS

Fin de un control clave: los colegios privados ya no deben reportar sus aumentos al Gobierno

Economía eliminó la obligación de los colegios privados de reportar sus aranceles. Las provincias regularán los topes.



El Gobierno nacional eliminó la obligación que tenían los colegios privados de informar anticipadamente a la Secretaría de Comercio de la Nación sus aranceles y aumentos de cuotas. La medida fue formalizada este martes en el Boletín Oficial a través de la Resolución 12/2026 de la Secretaría de Industria y Comercio.

Es importante aclarar que la simplificación burocrática da de baja la obligación de reportar los costos económicos al Estado nacional con carácter preventivo. Sin embargo, la regulación diaria, los topes de las cuotas y los contratos con las familias dependen de cada jurisdicción provincial

Puntos clave de la medida

El cambio normativo: Se derogaron 4 normativas específicas que exigían a las instituciones de enseñanza privada notificar formalmente sus estructuras de costos y aranceles a nivel comercial nacional.

El argumento oficial: El Ministerio de Economía detalló que estas exigencias generaban trabas burocráticas y fomentaban "aumentos preventivos y arbitrarios" al limitar la capacidad de adaptación de los colegios frente a la variación de costos económicos.

Paquete de desregulación: La medida se incluyó dentro de una baja masiva de 58 normas comerciales obsoletas, que también dejaron sin efecto regulaciones remanentes de programas como Ahora 12, Cuota Simple y Precios Cuidados.

¿Qué pasa con los aumentos en cada provincia?

Esta resolución complementa la desregulación total del histórico Decreto 2417/1993 realizada por el Ejecutivo nacional. No obstante, el impacto directo en el bolsillo familiar varía según el tipo de colegio

• Colegios con aporte estatal (subvencionados): Representan la gran mayoría de las instituciones del país. Continúan bajo las leyes provinciales que fijan topes arancelarios según los subsidios recibidos para pagar salarios docentes. Las escuelas aún deben seguir los lineamientos de los ministerios de educación locales para modificar sus aranceles.

• Colegios sin aporte estatal (no subvencionados): Son los que mayor libertad poseen para estipular su política de precios y matrículas directamente con los padres, guiándose por los contratos civiles particulares firmados al inicio del ciclo lectivo.