jueves 28 de marzo de 2024

NACIONALES | 3 abr 2020

Nueva modalidad

Apuran la autorización para que farmacias acepten recetas electrónicas

La intención es que reciban recetas por correo electrónico o sistemas de mensajería como SMS o Whatsapp. Es una medida de excepción por la pandemia. Cómo es el trámite.


Frente a la recomendación evitar salir de los hogares, el Gobierno nacional resolvió permitir, como medida excepcional, que las farmacias reciban recetas por medios electrónicos, ya sea e-mail, whatsapp u otras plataformas.

La medida se implementó mediante la Resolución 696/2020 del Ministerio de Salud y alcanza a “pacientes con tratamiento oncológico o pacientes con tratamiento de enfermedades crónicas no transmisibles” pero también a cualquier otro medicamento que se utilice bajo receta, salvo estupefacientes.

En la Capital Federal, el sistema se aplica, pero en Provincia hubo demoras. Esto motivó el reclamo de algunas entidades farmacéuticas, como la Cámara de Farmacias, que ayer mismo elevó una nota al Ministro de Salud solicitando la urgente aplicación de la medida.

En el pedido, la entidad remarcó que es necesario que “las farmacias de la provincia de Buenos Aires puedan operar con total legitimidad e igualdad respecto de las recetas electrónicas”.

Desde Salud explicaron que se trabaja en la adhesión a la resolución, pero para eso hay que atravesar un complejo laberinto burocrático. El expediente está en trámite y debe recorrer dependencias como la Dirección de Farmacias, y se estima que en las próximas horas estará lista.

El propio Gobierno difundió un procedimiento para la prescripción digital:

- El paciente le deberá informar al médico prescriptor cuál será la farmacia en cercanía a su domicilio que es de su preferencia, incluyendo datos del farmacéutico como número de teléfono o de WhatsApp, e-mail o fax.

- El médico confeccionará la prescripción de cualquier medicación de venta bajo receta en un recetario papel con original y duplicado, donde deberán constar los siguientes datos: nombre y apellido del médico, domicilio (del consultorio o establecimiento de salud) y teléfono.

- En la prescripción se deberá consignar los datos de la farmacia informada por el paciente, y los datos del paciente, además de la firma y sello del médico, fecha y numeración secuencial.

- El médico deberá tomar una foto de la receta y la enviará por WhatsApp, mail o fax al paciente y a la farmacia, informando al paciente que envió la receta y constatar la recepción de la misma. Luego deberá registrarlo en un libro abierto al efecto de este procedimiento.

- Finalmente, el médico deberá archivar junto al libro los originales de la receta y resguardar el contacto mantenido con los pacientes, quienes deberán remitir por alguno de los medios autorizados la prescripción a la farmacia.

- Esta informará inmediatamente al paciente si los medicamentos están disponibles para su entrega, y si puede ser retirado en la misma por el paciente o un tercero autorizado.

- En todos los casos de medicamentos prescritos bajo esta modalidad bajo receta archivada, la farmacia deberá guardar copia de la prescripción enviada por el médico y por el paciente y registrarlo en el libro recetario, ya que se deberán conservar para futuras fiscalizaciones.

AFILIADOS PAMI

- En el caso de los afiliados al Pami, a partir de este miércoles está vigente la modalidad de receta electrónica, es decir que los jubilados podrán pedir a su médico o médica de cabecera, sin necesidad de concurrir al consultorio, que prescriba los remedios que estarán disponibles en la farmacia de forma automática.

- El profesional médico deberá cargar la receta en un sistema de validación, que es el que permite a la farmacia verificar la información y entregar los medicamentos a cualquier persona con DNI y credencial Pami, evitando de esta manera que los jubilados concurran al consultorio.

- De la medida quedan exceptuados los medicamentos oncológicos y psicofármacos que seguirán bajo los modos de prescripción habituales, de receta electrónica en formato papel.

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