sábado 27 de julio de 2024

LOCALES | 7 dic 2023

OJOS QUE VEN

Parecidos y diferentes: la Justicia sin la venda

En dos accidentes con víctimas mortales protagonizados por conductores ebrios en moto y automóvil, la justicia de Junín determinó distintas penas más allá de sus responsabilidades. A un policía lo condenó a cuatro años y dos meses, y a un civil pretende ponerlo en prisión por 10 años y medio.


Por: Redacción Semanario de Junín

Un sargento de la policía bonaerense fue condenado a cuatro años y dos meses de prisión por la muerte de un joven de 23 años en noviembre de 2020 durante un choque de motos en la localidad bonaerense de Lincoln, cuando el agente conducía su vehículo en estado de ebriedad.

Hace dos semanas atrás, el conductor que atropelló y mató a dos ciclistas a principios de este año en la ruta 65, pidió la realización de un juicio abreviado y podría recibir una condena de más de 10 años de prisión, acusado de homicidio simple.

La sentencia al policía ebrio fue dada a conocer por el Juzgado en lo Correccional 2 de Junín, que lo halló penalmente responsable del "homicidio culposo agravado por ser funcionario policial" de Eduardo Guerrero (23) y de causarle "lesiones culposas" a la pareja de éste, Priscila Amado, cuando las dos motos chocaron el 15 de noviembre del 2020 en la intersección de calles Belgrano y Laprida, en la vecina localidad de Lincoln: una de ellas era manejada por Guerrero, quien estaba acompañado por Amado, y por el impacto recibió heridas de consideración, agonizó 60 días y falleció en el Hospital de Junín.

Mientras que el otro vehículo era conducido por el entonces cabo de la Policía montada Juan Manuel Odermatt, quien no estaba en funciones al momento del siniestro y que, según está acreditado en la causa, se desplazaba alcoholizado con poco más de un gramo de alcohol en sangre (el doble de los permitido en ese entonces) y en contramano.

El caso ocupó la tapa de SEMANARIO del 11 de noviembre pasado. Con el fallo que condenó al policía quedó demostrada la marcada diferencia de criterios a la hora de impartir justicia

El magistrado consideró como atenuantes que "el imputado no registraba antecedentes penales y que las víctimas se desplazaban en un motovehículo sin utilizar el casco reglamentario", mientras que ordenó imponerle al agente una inhabilitación especial por diez años para conducir automotores y motos.

A su vez, el juez dispuso que Odermatt se mantenga en libertad hasta que la sentencia sea confirmada en segunda instancia.

¿JUSTICIA CIEGA?

Hace dos semanas, en otro juzgado de Junín se llevó a cabo una audiencia entre las partes, durante la cual se llegó a un acuerdo para llevar adelante un juicio abreviado a Andrés Rivero, el conductor del Volkswagen Gol que atropelló y mató a los ciclistas Francisco Moyano y Carlos Romanelli, en la mañana del 30 de enero de este año, en la ruta 65 a la altura de Agustina, oportunidad en que el conductor del auto estaba alcoholizado.

Aunque todavía no se confirmó la firma del acuerdo, se planteó una pena de 10 años y 6 meses por 'homicidio simple con dolo eventual con dos hechos en concurso ideal'.

Los dos casos dejan planteadas diferencias acerca de la forma de impartir justicia en el Departamento Judicial de Junín, a pesar de que el acuerdo de marras no se atenga a lo que indica el código penal respecto a este tipo de hechos y por ese motivo podría considerarse nulo.

Rivero, de 30 años, el automovilista, quedó detenido tras constatarse en la prueba de alcoholemia que superaba el máximo permitido de 0,5 gramos y con el fin de evitar la exposición en un juicio oral y público, su abogado oficial, Leopoldo Singla, optó por llevar adelante un juicio abreviado.

El caso ocupó la tapa de SEMANARIO del 11 de noviembre pasado y con el fallo de esta semana que condenó al policía, quedó demostrada la marcada diferencia de criterios a la hora de impartir justicia.

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