2° SECCIÓN | 17 abr 2024
San Nicolás
Dura sentencia contra los Passaglia tras el insólito traslado de un líder sindical
El Tribunal de Trabajo de San Nicolás ordenó restituir en su antiguo puesto a un gremialista. Los Passaglia lo trasladaron a 40 km tras el conflicto por IOMA
Passaglia deberá restituir en su puesto de trabajo original al líder de uno de los sindicatos de trabajadores municipales de San Nicolás luego de un polémico traslado a un pueblo a 40 kilómetros de la ciudad cabecera ocurrido hace casi un año, en medio del debate por la desafiliación de los empleados al IOMA.
La decisión fue adoptada por Tribunal de Trabajo Nº 3 de San Nicolás que rarificó la resolución de la Delegación Regional del Ministerio de Trabajo Bonaerense y no hizo lugar al recurso de apelación efectuado por el Municipio.
El conflicto se había desatado a comienzos de mayo de 2023, cuando el por entonces titular del Sindicato Único de Trabajadores Municipales de San Nicolás (SUTM), , Rodolfo Cecchi, fue notificado de su traslado a una lejana localidad del distrito. En concreto, las autoridades decidieron su traspaso de su puesto de trabajo en la terminal de ómnibus a cumplir funciones en la localidad de Conesa, en el límite con Pergamino.
La decisión fue fundamentada en "razones de reorganización administrativa" por parte de la secretaria de Gobierno local. Sin embargo, para el gremialista afectado y la Federación de Sindicatos Municipales Bonaerenses (FESIMUBO) denunciaron una presunta "persecución sindical" por parte del por entonces intendentes Manuel Passaglia. Según explicaron los demandantes, el traslado habría sido una "represalia" luego que el sindicalista se mostrara abiertamente en contra de la desafiliación de los empleados de IOMA.
En tanto, el Municipio intentó desactivar las acusaciones al desconocer su representación gremial, adujo que SUTM no contaba con personería jurídica - solo reconocen al Sindicato de Trabajadores Municipales de San Nicolás- y por lo tanto Cecchi "no resultaría alcanzado por la tutela sindical".
Aún pese a la resolución ministerial, el trabajador se hizo presente el 15 de mayo de 2023 en la terminal de ómnibus. Aunque se le permitió el ingreso "al dirigirse a su escritorio, observa que tenía bloqueadas las claves de ingreso al sistema por lo que era imposible realizar sus tareas habituales. Se le informa que se estaban realizando las consultas con la Dirección de Recursos Humanos del Municipio" y luego se lo notificó que la gestión municipal había decido apelar la medida.
El Tribunal de Trabajo Nº 3 de San Nicolás ratificó la decisión de primera instancia de restituir en su puesto de trabajo original al gremialista Rodolfo Cecchi, medida que deberá ser adoptada por el ahora intendente Santiago Passaglia, hermano de Manuel.
En un documento de siete páginas, los jueces Walter Rubén Quadranti , Diógenes Carlos David Toraf y Nicolás Eduardo Aparisi.
Luego de exponer los fundamentos de las partes y sentar jurisprudencia, el Tribunal consideró que se "ha probado acabadamente la acción gremial de Cecchi, que además era conocida por la Municipalidad, más allá de sus declaraciones públicas por los testimonios rendidos, los sendos descuentos que el Municipio empleador le hacía tanto al actor como a otros agentes dependientes, todos ellos respecto del Sindicato y de la Federación".
En esa dirección citan al art.47 de la Ley 23.551 que "supone una legitimación amplísima , ya desde su enunciado, descarta que solo proceda la vía respecto de las asociaciones con personería gremial y permite en cambio que la acción sea intentada en resguardo de intereses tanto individuales como como institucionales" y cita como antecedente el fallo de la Suprema Corte.
La resolución y un punto en suspenso
"En consecuencia, propongo que se condene a la demandada a reinstalar al actor en su puesto de trabajo en el Departamento de Movilidad dependiente de la Secretaría de Atención Ciudadana, como operador de SUBE (Sistema Único de Boleto Electrónico) con el horario laboral que detentaba, todo lo anterior bajo apercibimiento de astreintes" y las cosas del juicio quedarán a cargo de la parte demandada (Municipio).
El Tribunal no se expidió sobre si existió o no persecución sindical: "Otro tipo de cuestiones, de una complejidad mayor, deben ser objeto de procedimientos convencionales, administrativos y judiciales, que permitan un debate más amplio y cuidadoso de los respectivos derechos e intereses en juego" aclararon