

La Legislatura bonaerense sancionó la Ley N° 15513, la cual habilita el uso de WhatsApp y otras aplicaciones de mensajería instantánea para la comunicación judicial en el Fuero familiar, lo que permitió reducir demoras y resolver problemas derivados de la falta de domicilio fijo o residencia estable de algunos intervinientes en los procesos.
La nueva norma quedó firme el pasado 12 de diciembre de 2024 con la incorporación del artículo 635 bis al marco legal vigente, el cual establece que, cuando los métodos tradicionales de notificación no sean efectivos, el Juez podrá autorizar la comunicación por mensajería instantánea mediante una resolución fundada.
En tanto, según reza la nueva resolución oficial, esta modalidad podrá aplicarse a la notificación del inicio de la etapa previa, la presentación de demandas y documentos, la citación a audiencias preliminares y la fijación de alimentos provisorios, entre otros actos procesales.
La medida se aplicará en los casos en que el demandado no esté registrado en el Registro de Domicilios Electrónicos y solo en la primera intervención dentro del proceso. Además, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires deberá garantizar la seguridad de las comunicaciones, la inalterabilidad de los contenidos y el debido resguardo documental de las notificaciones, que se realizarán bajo la supervisión de un actuario.
Al respecto, la abogada María Paz Bertero, especialista en derecho de familia, destacó el impacto positivo de esta medida y explicó que el nuevo sistema permitirá evitar demoras que afectan el bienestar de las partes involucradas, especialmente en casos urgentes como la fijación de cuota alimentaria o la reanudación del contacto entre padres e hijos.
“Desde que se puso en vigencia la normativa, WhatsApp será válido para que la parte actora o demandada queden debidamente notificadas, evitando las interminables idas y vueltas de los métodos tradicionales”, señaló la abogada en diálogo con Agencia Fueros.
En ese sentido, Bertero revalorizó la importancia de adaptar la Justicia a las necesidades actuales de las familias. “Es una ley tendiente a humanizar el Fuero de Familia, sobre todo cuando hay niños en el medio. Muchas veces, los tiempos judiciales terminan afectando la vida de los chicos y dejando huellas imborrables”, sostuvo.
Asimismo, la letrada recogió casos concretos en los que la falta de notificación ha paralizado procesos, incluso durante meses, dentro del Fuero Familiar. “Tengo una causa en la que una madre no ve a su hija hace un año, y llevo seis meses intentando notificar al padre sin éxito porque no se encuentra su domicilio. En casos urgentes, esta ley puede marcar una diferencia clave”, agregó.
Sin embargo, la abogada advirtió que la implementación efectiva de esta nueva modalidad dependerá de la adaptación de cada juzgado y de la coordinación entre los profesionales del derecho. “Es una herramienta que puede agilizar los tiempos de la Justicia, pero su éxito dependerá del compromiso de jueces y abogados para garantizar su correcta aplicación”, explicó.