Por: Redacción Semanario de Junín
En la llanura bonaerense, donde el agua suele desplazarse lentamente y cada centímetro de pendiente cuenta, una excavación mal hecha puede alterar el equilibrio de toda una zona. Los llamados “canales clandestinos”, obras de drenaje realizadas sin autorización para acelerar el escurrimiento de agua, vuelven periódicamente al centro del debate rural.
El tema no es menor y Junín lo padece, al igual que tantos otros distritos. Los caminos destruidos por falta de mantenimiento del petrequismo durante diez años, también están atravesados por estas vías que terminan afectándolo aún más.
Esto habla también de una característica negativa de los chacareros, quienes en algún momento naturalizaron la situación creyendo que “tirarle el agua al vecino”, era una solución y no un problema que podía agigantarse, tal como ocurrió.
Para enfrentar este problema, el gobierno de la Provincia de Buenos Aires aprobó un nuevo procedimiento administrativo destinado a prevenir, investigar y resolver denuncias por obras hidráulicas no autorizadas.
La medida quedó establecida mediante una resolución del Ministerio de Infraestructura firmada por Gabriel Katopodis, que reemplaza normas vigentes desde comienzos de los años 2000.
La actualización apunta a agilizar el control público y adaptar los mecanismos de fiscalización a nuevas herramientas tecnológicas, en una problemática que afecta tanto a productores agropecuarios como a caminos rurales y zonas pobladas.
AUTORIZACIONES
El marco legal que regula estas intervenciones se encuentra en el Código de Aguas de la Provincia de Buenos Aires (Ley 12.257), que establece que cualquier obra destinada a modificar el curso o escurrimiento del agua debe contar con autorización previa del Estado.
Esto incluye canalizaciones, terraplenes, drenajes, movimientos de suelo o cualquier acción que altere el comportamiento natural del agua en el territorio.
El principio es sencillo: un productor puede realizar obras para mejorar el drenaje de su predio, pero solo si esas intervenciones no generan perjuicios a terceros ni modifican el funcionamiento del sistema hídrico regional.
Cuando estas obras se ejecutan sin la aprobación correspondiente, pasan a considerarse clandestinas.
La resolución provincial recuerda que la gestión del agua forma parte de una política pública vinculada a la protección de bienes, personas y ecosistemas, razón por la cual las intervenciones privadas requieren evaluación técnica previa.
CONTROL COMPARTIDO
El nuevo procedimiento establece un esquema de actuación en el que intervienen tres actores principales: la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires, la Dirección Provincial de Hidráulica y los municipios.
La normativa también deroga resoluciones anteriores que regulaban el tema desde 2002 y 2003, reemplazándolas por un procedimiento único que incorpora cambios legislativos posteriores.
Uno de esos cambios proviene de la legislación que habilita a los municipios a recibir denuncias, realizar relevamientos y remitir los antecedentes a la autoridad provincial en un plazo de cinco días.
Esto busca acortar los tiempos de actuación frente a situaciones que muchas veces generan conflictos inmediatos entre productores vecinos.
Otra novedad relevante es la incorporación de herramientas de monitoreo basadas en imágenes satelitales y sistemas de información geográfica.
Estas plataformas permiten identificar movimientos de suelo, excavaciones o trazas de canalización que alteren el drenaje natural.
Según la resolución, el uso de tecnologías geoespaciales facilita la verificación de denuncias y amplía la capacidad de control del Estado en un territorio extenso y mayormente rural.
El sistema permite detectar modificaciones incluso en áreas alejadas o de difícil acceso, donde las inspecciones presenciales suelen demandar más tiempo.
¿QUÉ PASA ANTE LA IRREGULARIDAD?
Si las autoridades determinan que una obra fue ejecutada sin autorización, el responsable debe neutralizarla o restituir el terreno a su estado original.
En caso de incumplimiento, la Dirección Provincial de Hidráulica puede intervenir para revertir la obra y restablecer el sistema de drenaje.
Además, la normativa deja expresamente abierta la posibilidad de que los afectados recurran a la Justicia.
El Código de Aguas establece que quienes sufran daños por estas intervenciones pueden iniciar acciones civiles o penales, incluyendo reclamos por perjuicios económicos o inundaciones provocadas por el desvío artificial del agua.
En zonas agrícolas de la provincia, los canales clandestinos suelen aparecer después de períodos de lluvias intensas. Frente al riesgo de anegamientos, algunos productores optan por abrir zanjas o modificar drenajes para acelerar la salida del agua de sus campos.
El problema surge cuando ese excedente termina trasladándose a predios vecinos o a la infraestructura pública.
En la práctica, el agua que se evacúa de un campo muchas veces termina acumulándose en otro, o corre hacia caminos rurales que no están preparados para recibir ese caudal adicional. Allí comienzan los conflictos.
Productores que denuncian perjuicios, municipios que deben reparar caminos deteriorados y discusiones que, en más de una oportunidad, terminan en expedientes administrativos o litigios judiciales.

ESLABON VULNERABLE
En partidos agrícolas del noroeste bonaerense —entre ellos el de Junín— el impacto de estas prácticas suele sentirse con fuerza en la red de caminos rurales.
Cuando los drenajes se modifican sin planificación, el agua puede concentrarse en sectores donde antes no circulaba con esa intensidad.
El resultado es conocido por quienes transitan el campo: alcantarillas desbordadas, caminos cortados, huellas profundas y largos períodos de intransitabilidad.
Para los productores, esto implica mayores costos logísticos y dificultades para sacar la producción. Para los municipios, significa enfrentar reparaciones constantes en una infraestructura ya exigida por el tránsito agrícola.
Pasa que justamente, la llanura pampeana tiene una característica que complica la gestión hídrica: las pendientes son mínimas y el agua se desplaza lentamente.
Por esa razón, el manejo del drenaje requiere planificación a escala de cuenca y coordinación entre distintos establecimientos rurales.
Un canal abierto sin estudios técnicos puede resolver un problema puntual en un lote, pero generar consecuencias kilómetros más abajo.
La actualización del procedimiento provincial intenta precisamente ordenar ese escenario.
La lógica es que las obras hidráulicas en el ámbito rural no son un asunto estrictamente privado: forman parte de un sistema hídrico compartido.
En ese contexto, la normativa busca recordar una regla básica de la hidrología pampeana: el agua que se saca de un campo siempre termina en algún otro lugar.
COMO DENUNCIAR
La Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires habilita la presentación de denuncias por obras hidráulicas no autorizadas.
Información útil para la denuncia
Ubicación precisa de la obra.
Partido o paraje rural.
Fotografías o registros visuales.
Descripción del impacto (desvío de agua, inundaciones, daños en caminos, etc.).
Dónde denunciar:
A través del formulario disponible en el sitio web del organismo (https://ada.gba.gov.ar/).
En el municipio correspondiente. Mediante presentaciones administrativas ante autoridades provinciales.
Tras la denuncia, las autoridades pueden realizar inspecciones en el lugar o analizar imágenes satelitales para verificar la existencia de la obra.