El Gobierno nacional eliminó el régimen de compensaciones económicas que el Estado otorgaba a las empresas de transporte automotor de pasajeros de larga distancia por la entrega de pasajes gratuitos a personas con discapacidad, personas trasplantadas, en lista de espera y niños, niñas y adolescentes con cáncer.
La medida fue oficializada este martes a través de la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada en el Boletín Oficial. El texto dispone dejar “sin efecto el régimen de compensaciones económicas destinadas a las empresas de transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional” por los boletos gratuitos.
El esquema alcanzaba a los servicios de larga distancia y contemplaba el pago parcial por parte del Estado de los boletos sin cargo que las compañías debían otorgar en cumplimiento de la ley. Esos pasajes gratuitos están establecidos en distintas normas, que incluyen a personas con discapacidad, personas trasplantadas o en lista de espera y niños, niñas y adolescentes con cáncer.
Según establece la resolución, la modificación no afecta el derecho a la gratuidad de los pasajes previsto en esas leyes, sino que las empresas de transporte estarán obligadas a seguir otorgándolos a los grupos mencionados.
El texto oficial argumentó que la situación regulatoria del sector cambió de manera sustancial con la entrada en vigencia del Decreto 883/2024, el cual introdujo un nuevo marco normativo para los mencionados servicios de carácter interjurisdiccional, permitiendo a las empresas determinar libremente recorridos, horarios, precios, modalidades y duración, dentro de los estándares de seguridad fijados por la autoridad de aplicación.