Por: Redacción Semanario de Junín
El gobierno de Javier Milei tiene el objetivo de derogar la Ley de Tierras Rurales (Ley 26.737) para habilitar, sin restricciones, la compra del territorio argentino a manos de capitales extranjeros. Por el momento, no consiguió los votos necesarios en el Senado para avanzar con la reforma y debió postergar el debate hasta la próxima sesión, prevista para el 6 de agosto venidero.
Es la cuarta vez que el proyecto queda sin tratar. No es una iniciativa cualquiera: Propone la eliminación de todos los límites que protegen el suelo, el agua y las comunidades argentinas frente al avance del capital transnacional.
Ya tiene dictamen aprobado y volverá a estar en agenda en pocas semanas. El Poder Ejecutivo busca eliminar el límite máximo del 15% de titularidad de tierras rurales en manos extranjeras a nivel nacional, provincial y departamental, permitiendo que corporaciones transnacionales adquieran superficies sin ningún tipo de control de densidad territorial. Hoy, 13 millones de hectáreas ya están en manos de extranjeros. La nueva ley no frena esa tendencia; la acelera.
Al suprimir este límite, se habilita la extranjerización absoluta de departamentos enteros, despojando al pueblo argentino de su derecho al arraigo y destruyendo la viabilidad de los pequeños y medianos productores locales, quienes quedan imposibilitados de competir frente a la escala de los fondos soberanos y las multinacionales del suelo. No solo eso: Esta medida representa una renuncia explícita del Estado a su potestad de ordenamiento territorial, entregando la autodeterminación geográfica al mejor postor del mercado financiero global.
Esta reforma debilita las herramientas legales de las que dispone el Estado para intervenir en beneficio del desarrollo social y la infraestructura pública de la Nación
La iniciativa tendrá impacto directo en nuestra región, ya que pretende abolir el tope que impide a un único titular extranjero poseer más de 1.000 hectáreas (o su equivalente según la región) en las tierras de mayor productividad del país.
Esta reforma atenta de manera directa contra la seguridad y la soberanía alimentaria del pueblo argentino. Habilitar la concentración ilimitada de la tierra más fértil de la Nación en manos de holdings extranjeros desplaza la producción de alimentos de consumo local para priorizar modelos de monocultivo de exportación orientados exclusivamente a la rentabilidad externa.
La tierra de la zona núcleo es un recurso estratégico finito; su entrega al latifundismo transnacional encarece el precio del suelo y de los alimentos, subordinando la mesa de las familias argentinas a decisiones tomadas en directorios extranjeros.
Otra de las modificaciones propuestas que ya impactan en nuestra región, tendrá ‘más libertad’: Se plantea liberar las condiciones de los contratos agrarios bajo el principio de la «autonomía de la voluntad», eliminando las regulaciones estatales sobre plazos y precios de alquileres rurales.
En un mercado signado por una asimetría estructural de poder, la ausencia de regulación estatal desprotege por completo al productor argentino de pequeña y mediana escala. Al dejar los contratos a la «libre voluntad», los arrendatarios locales quedan a merced de condiciones abusivas impuestas por los grandes pooles de siembra y exportadoras multinacionales. Esta modificación acelera el vaciamiento del interior del país, forzando el éxodo rural de las familias de productores hacia los cordones urbanos y profundizando la concentración de la renta agraria.

El proyecto oficialista busca eliminar la prohibición de vender a extranjeros tierras que contengan o sean linderas a grandes cuerpos de agua (ríos, lagos, acuíferos) y aquellas ubicadas en zonas de seguridad de frontera.
Esta alteración constituye una amenaza directa a la seguridad nacional y a la supervivencia de las futuras generaciones de argentinos. El agua dulce es el recurso estratégico más crítico del siglo XXI. Permitir la privatización extranjera de nacientes de ríos, lagos y áreas ribereñas equivale a ceder el control de nuestras reservas hídricas a intereses geopolíticos ajenos al bienestar de la población. Asimismo, extranjerizar las zonas de seguridad de frontera debilita la integridad territorial de la República, vulnerando la defensa nacional en áreas sensibles de soberanía limítrofe.
El proyecto del Gobierno Nacional propone eliminar los límites a la extranjerización privilegiando la libre circulación del capital por encima de la protección de un recurso estratégico para el país
La modificación propuesta: Se intenta desmantelar las prohibiciones de la Ley de Manejo del Fuego que impiden modificar el uso del suelo de bosques y humedales quemados por plazos de hasta 60 años, permitiendo su explotación comercial inmediata tras el desastre.
Según consignó la periodista y Licenciada en Ciencias y Humanidades. Máster en Bioética. Especializada en Bioética y Derechos Humanos en América Latina María Fernanda de la Quintana en Tiempo, esta modificación consagra un incentivo perverso que atenta contra el patrimonio ambiental de todo el pueblo argentino.
Al permitir negocios inmobiliarios o desarrollos agropecuarios intensivos inmediatamente después de un incendio, la norma premia la destrucción ecológica deliberada. El fuego se convierte en una herramienta económica de «limpieza» para la especulación financiera, lo que devasta la biodiversidad de las provincias, destruye los servicios ecosistémicos de los que depende la población y pone en riesgo la vida y los hogares de las comunidades locales.
La modificación propuesta en la ley establece que el Ejecutivo promueve reformas para limitar la capacidad del Estado de expropiar tierras por utilidad pública y agilizar los desalojos rápidos, priorizando el derecho absoluto a la propiedad individual.
Esta reforma debilita las herramientas legales de las que dispone el Estado para intervenir en beneficio del desarrollo social y la infraestructura pública de la Nación. Al dificultar la expropiación por utilidad pública, se bloquea la construcción de caminos, escuelas, redes de energía y viviendas sociales que el pueblo argentino necesita.
Asimismo, la facilitación de desalojos expeditivos vulnera los derechos de las familias campesinas y de los pueblos originarios sobre sus posesiones ancestrales, desprotegiendo a los sectores más vulnerables frente al avance de los grandes desarrolladores inmobiliarios.
La Constitución Nacional prohíbe al Poder Ejecutivo emitir disposiciones de carácter legislativo, bajo pena de nulidad absoluta e insanable. La excepción de los Decretos de Necesidad y Urgencia exige circunstancias objetivas que impidan el trámite ordinario de sanción de las leyes en el Congreso.
La flexibilización de la compra de tierras por parte de corporaciones extranjeras constituye un objetivo de política económica de mediano plazo, no una emergencia institucional ni un colapso social. Eludir el debate parlamentario para derogar una ley de fondo que regula la soberanía territorial configura una desviación de poder que afecta la división de poderes y la representación del pueblo y de las provincias argentinas.
El derecho de propiedad reconocido en el artículo 14 de la Constitución se integra con las leyes que reglamentan su ejercicio conforme al bienestar general. A su vez, el artículo 75, inciso 19 —la cláusula de progreso— encomienda al Congreso impulsar un desarrollo armónico y preservar el patrimonio cultural y natural de la Nación.
La Ley de Tierras Rurales materializa ese mandato constitucional al vincular la propiedad de la tierra con su función social, productiva y soberana. La eliminación de los límites a la extranjerización y la habilitación de mecanismos expeditivos de desalojo desplazan el interés público como criterio rector de la política territorial y privilegian la libre circulación del capital por encima de la protección de un recurso estratégico para el país.