jueves 29 de octubre de 2026

LOCALES | 27 oct 2026

RADIOGRAFÍA DEL GOTEO

Los ‘ad honorem’ que dejó Petrecca y mantiene Fiorini cuestan una millonada cada mes

Una radiografía de la opacidad presupuestaria, la precarización laboral, la falta de transparencia y los fallos de un Tribunal de Cuentas que ya empezó a aplicar sanciones millonarias.


La utilización de la figura de personal ad honorem que percibe viáticos fijos equivalentes a un salario plantea un debate profundo sobre la calidad institucional, la transparencia administrativa y la gestión de los recursos públicos en Junín.

La desnaturalización de los instrumentos administrativos suele ser el atajo predilecto de las gestiones locales para expandir el gasto político fuera del radar de la ciudadanía.

En Junín, la plantilla de personal ‘visible’ del municipio es de unos 114 funcionarios, entre 9 Secretarios, 21 Subsecretarios, 55 directores y 24 ‘coordinadores’, una figura que creció en el último y que esconde un largo listado de personal ‘ad honorem’, pero que no significa que no cobren, sino que perciben su remuneración a través de ‘viáticos fijos’ equivalentes a un sueldo ordinario, algo que dejó de ser una excepción para transformarse en un sistema.

Este mecanismo, heredado de la gestión de Pablo Petrecca y sostenido bajo el interinato de Juan Fiorini, enciende alarmas éticas, financieras y legales.

El espíritu original de una designación ad honorem responde estrictamente a una vocación de servicio público o de asesoramiento técnico especializado, mediante la cual un ciudadano aporta su conocimiento sin buscar un rédito económico.

Por su parte, el viático es, doctrinariamente, una compensación extraordinaria y variable destinada a cubrir gastos reales de traslado, alojamiento o manutención que un agente realiza para cumplir una misión oficial específica.

Al transformar el viático en una suma fija, mensual y permanente que funciona como única contraprestación, se produce una evidente desnaturalización jurídica. En este escenario, no se está cubriendo un gasto de movilidad real y sujeto a rendición de cuentas; por el contrario, se utiliza una vía alternativa para retribuir una prestación laboral ordinaria. En la práctica, se diluye el verdadero significado de ambos términos para encubrir una relación de empleo bajo un ropaje de gratuidad simulada.

El costo del esquema: Unos 80 funcionarios ad honorem le cuestan a Junín hasta $800 millones al año en viáticos fijos, dinero que equivale a todo el bacheo local

OPACIDAD PRESUPUESTARIA Y CREACIÓN DE ‘PLANTA PARALELA’

Cuando la estructura del Estado municipal se expande a través de estos decretos individuales, se genera lo que los especialistas en administración pública denominan ‘gasto oculto’. Este esquema lesiona directamente el control democrático mediante dos maniobras:

Dispersión de la información: Al no figurar estos agentes en las planillas oficiales de personal (Planta Permanente o Temporaria), la ciudadanía y los órganos de control político —como el Concejo Deliberante— se ven imposibilitados de dimensionar a simple vista el tamaño real del organigrama estatal y el costo consolidado de la estructura política.

Evasión del debate parlamentario: Las designaciones en planta están sujetas a cupos, presupuestos votados por ley y discusiones de la Partida 1100 (‘Personal’). Al canalizar estos ingresos a través de la Partida 1.3.1.2 (Ad Honorem) mediante decretos individuales del Departamento Ejecutivo, se elude deliberadamente el debate legislativo previo sobre la necesidad o la prioridad de esos cargos.

PRECARIZACIÓN LABORAL Y DESFINANCIAMIENTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Esta metodología genera un impacto financiero asimétrico. Si bien simula un ‘ahorro’ inmediato para las arcas municipales, traslada un costo gravísimo al sistema público general y desprotege a los propios trabajadores:

Golpe a las cajas previsionales e IPS: Al tramitarse bajo el concepto de viáticos (no remunerativos), el municipio no realiza los aportes patronales obligatorios al Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires ni las contribuciones a la obra social (IOMA). Esto desfinancia de manera directa el sistema solidario de jubilaciones de los trabajadores estatales bonaerenses.

Vulnerabilidad del agente: El trabajador que acepta esta modalidad queda en la total informalidad y desprotegido frente a los derechos laborales básicos consagrados por la Ley de Empleo Municipal (Ley N.° 14.656). Carece de estabilidad, aguinaldo (SAC), vacaciones pagas formales y de una cobertura efectiva ante riesgos del trabajo (ART).

¿CÓMO SE LIQUIDAN LOS FONDOS EN JUNÍN?

El Boletín Oficial de Junín expone de manera minuciosa este engranaje. Lejos de tratarse de un listado único o consolidado, las asignaciones se tramitan mediante decretos individuales y sucesivos por legajo, registrando su mayor recurrencia en dependencias clave como Cultura, Archivo Histórico, Catastro, Agencia de Recaudación y Juzgado de Faltas, entre otras.

Tampoco existe una cifra uniforme. Cada decreto fija topes mensuales particulares que, según los registros recientes de actualización de movilidad, oscilan frecuentemente entre los $400.000 y $860.000 mensuales por agente. Estas asignaciones experimentan ajustes periódicos cuatrimestrales o semestrales que reflejan incrementos determinados de forma interna por la administración central, indexando el gasto político al margen de las paritarias oficiales.

La trampa administrativa: Los viáticos fijos mensuales de hasta $750.000 se usan como sueldos encubiertos, evadiendo aportes al IPS y el control del Concejo

A nivel técnico, la trampa de los números se esconde en la ingeniería contable. Al no considerarse formalmente un sueldo, el circuito administrativo distribuye la partida de forma descentralizada para que impacte en los presupuestos sectoriales de cada oficina. Así, los decretos muestran cómo los fondos golpean directamente a la Subjurisdicción 1110125000 (Secretaría de Cultura/Desarrollo en Programas específicos) o a la Subjurisdicción 1110107000 (Juzgados de Faltas), camuflando el costo real de la planta política global, estableciendo un borroso camino para quien quiera seguir ese gasto.

EL CONTROL EN LA MIRA: DEL CONCEJO DELIBERANTE AL TRIBUNAL DE CUENTAS

El control interno de estos fondos se dirime anualmente en el tratamiento de la Rendición de Cuentas. El Departamento Ejecutivo tiene la obligación legal de elevar los estados contables del ejercicio anterior antes del 31 de marzo de cada año. A partir de allí, los concejales deben examinar las partidas a través del Sistema RAFAM (Reforma de la Administración Financiera en el Ámbito Municipal) para verificar si lo aprobado en los decretos individuales coincide con lo efectivamente devengado en la Partida 1.3.1.2. El Concejo dispone de 60 días para aprobar o rechazar la gestión, pero independientemente del resultado político, el expediente viaja a la justicia administrativa provincial.

Es ahí donde el Honorable Tribunal de Cuentas (HTC) de la Provincia de Buenos Aires mantiene bajo la lupa a la gestión local, mostrando un historial reciente de severas sanciones pecuniarias por irregularidades en los circuitos de contratación:

  •  Fallo de junio de 2026 (Triangulación y sobreprecios): El HTC impuso una sanción solidaria al intendente Pablo Petrecca y a funcionarios del área económica por más de $16,8 millones. La penalización se debió al rechazo de una maniobra financiera que utilizó a la empresa municipal Grupo Servicios Junín S.A. como intermediaria para adquirir luminarias LED, evadiendo la licitación pública obligatoria y generando sobreprecios.
  •  Sanciones de Fines de 2025: El organismo aplicó multas y cargos a la planta política del Ejecutivo y a funcionarios de Hacienda por un total de $2.760.000, debido a inconsistencias técnico-contables detectadas en las auditorías de los Estados de Ejecución Presupuestaria.

Respecto a los viáticos crónicos, el criterio del Tribunal de Cuentas es implacable: si se detecta que los conceptos de movilidad bajo la figura ad honorem encubren prestaciones salariales ordinarias sin justificación real del traslado o sin documentación de respaldo, el organismo formula cargos financieros exigiendo la devolución directa de los importes mal imputados a los funcionarios responsables.

Bajo la lupa del Tribunal: El mecanismo crea una «planta paralela» opaca que elude paritarias y enfrenta duras sanciones del Tribunal de Cuentas por irregularidades

EL COSTO REAL: EL IMPACTO EN LAS ARCAS DE JUNÍN

Para mensurar el verdadero costo de este esquema, basta con cruzar el valor de los legajos con la Ordenanza Presupuestaria vigente de Junín, donde el cálculo de gastos totales se fijó en la astronómica cifra de $60.160.520.000,00 (más de 60 mil millones de pesos).

Una asignación individual promedio en esta partida —como los $573.537 mensuales registrados en el Juzgado de Faltas o los $430.774 en Cultura— representa un costo anual de entre $5 y $7 millones por legajo

. Tomando como referencia un universo moderado de entre 50 y 80 personas distribuidas en todas las subjurisdicciones locales (Salud, Educación, Obras Públicas, Monitoreo, etc.), este ítem le cuesta a Junín aproximadamente entre $500 y $800 millones de pesos al año.

Aunque un 1% pueda parecer un porcentaje menor en el diseño macroeconómico, la equivalencia en el día a día de la ciudad es contundente.

Esos $800 millones de pesos anuales que se licúan en viáticos políticos fijos representan el financiamiento completo de programas enteros de bacheo urbano, el mantenimiento integral de la red vial rural o la compra de múltiples equipamientos médicos de alta complejidad para los Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS).

Sustituir el salario formal por un viático crónico y discrecional no es solo un atajo administrativo; es una práctica que debilita la confianza de los contribuyentes, profundiza la rigidez del gasto público en desmedro de las obras de infraestructura y aleja definitivamente a la administración de Junín de los estándares mínimos de transparencia activa que la sociedad moderna exige, justamente un ítem que tanto ha ponderado el ‘Modelo Junín’ del actual Senador Pablo Petrecca, que de esto, llamativamente (o no tanto) siempre mantuvo un estricto silencio.

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